3 de febrero de 2026

Por: Lic. Abigail Sáenz – Especialista en REPSE, Reformas Laborales y Cumplimiento Normativo Empresarial

En abril de 2021, México cambió su historia laboral y empresarial. La reforma a la Ley Federal del Trabajo marcó el fin de la subcontratación de personal tradicional, transformando por completo la manera en que las empresas contratan servicios, gestionan talento y cumplen con sus obligaciones fiscales y laborales.

A partir del 24 de abril de 2021, quedó prohibido el esquema contemplado en el artículo 15-A, permitiéndose únicamente la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas. En otras palabras: lo que antes era una práctica común, hoy es una línea roja. Cruzarla, sin entenderla, puede costarle a tu empresa multas millonarias, la pérdida de deducciones fiscales e incluso la cancelación del contrato con tus clientes.

💡 La transformación empresarial más fuerte de los últimos años

Esta reforma no fue un simple ajuste administrativo. Fue un cambio estructural que obligó a las empresas mexicanas a replantear su operación, sus contratos, y hasta su modelo de negocio. Miles de empresarios, directores y contadores se vieron frente a un nuevo escenario:

“¿Mis proveedores deben o no estar registrados en el REPSE?”

La respuesta parece simple, pero la realidad ha demostrado lo contrario. Decenas de empresas han cometido el error de exigir el registro REPSE a todos sus proveedores sin analizar si realmente aplica el supuesto de subcontratación de personal. Este exceso de celo ha generado saturación administrativa y caos operativo incluso dentro de la propia Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

⚙️ ¿Qué distingue un servicio especializado de una simple prestación independiente?

En términos prácticos, la diferencia radica en si el proveedor pone o no a disposición trabajadores bajo su dependencia para beneficio directo del contratante.
Si lo hace, estamos ante una subcontratación de personal.
Si no, puede tratarse de un servicio independiente o especializado, dependiendo de su naturaleza, objeto social y la actividad preponderante del contratante.

El proveedor especializado deberá, además, contar con registro vigente ante el REPSE, acreditar su experiencia, certificaciones, equipamiento, y establecer por contrato el número de trabajadores involucrados y el objeto de la obra o servicio.

⚠️ El riesgo de la ignorancia normativa

Hoy, a casi cuatro años de la reforma, muchas empresas aún operan con desconocimiento. No distinguen entre subcontratación, servicios independientes o especializados. Y lo más preocupante: siguen firmando contratos que las exponen a sanciones fiscales, laborales y penales.

La autoridad está en una etapa de fiscalización agresiva. El SAT, la STPS y la UIF trabajan de forma coordinada revisando materialidad de operaciones, cumplimiento en REPSE y prevención de lavado de dinero.
El mensaje es claro: quien no esté alineado, está en riesgo.

🧭 Un llamado urgente a la comunidad empresarial

El cumplimiento no es una moda, es una estrategia de supervivencia.
En KGFM contamos con un equipo de especialistas que desde 2021 ha acompañado a miles de empresarios, directores y áreas de cumplimiento en la implementación de esquemas normativos sólidos.
Identificamos qué proveedores deben estar en el REPSE, evaluamos riesgos, diseñamos estrategias contractuales y capacitamos a los equipos internos para enfrentar auditorías con seguridad jurídica.

Porque el cumplimiento no se improvisa. Se construye con conocimiento, experiencia y respaldo técnico.


📍 Conclusión:
En tiempos donde las revisiones son más frecuentes que las oportunidades, no capacitarse es una forma de vulnerabilidad empresarial.
El futuro pertenece a las empresas que entienden la ley, la aplican y la transforman en una ventaja competitiva.

Si aún no sabes si tu empresa o tus proveedores cumplen con el REPSE… no esperes a que la autoridad te lo recuerde con una multa.

📞 Asesórate con expertos. Actúa hoy.
Lic. Abigail Sáenz
Especialista en REPSE y Cumplimiento Normativo
Conferencista y capacitadora nacional desde la Reforma Laboral 2021

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