Mientras dormías, la Cámara de Diputados aprobó una polémica reforma constitucional para endurecer y ampliar la prisión automática.
Con modificaciones al artículo 19 constitucional, se añadieron delitos al catálogo de prisión preventiva oficiosa:
Extorsión Contrabando
Operaciones con facturas falsas
Introducion, desvío, producción, preparación, enajenación, adqusición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distrutición de precursores químicos y sustencia químicas escenciales, drogras sintésticas, fentanilo y derivados.
¿QUÉ CAMBIÓ EN EL ÚLTIMO MOMENTO?
En el debate, se aprobaron dos cambios impulsados por Ricardo Monreal que excluyen:
Narcomenudeo
Defraudación fiscal
Esta reforma obliga a jueces a ordenar prisión automática en todo los delitos contenidos en el artículo 19 constitucional.
Esto elimina su capacidad para evaluar otras opciones, sin importar los detalles de cada caso.
La prisión preventiva automática, también conocida como prisión “sin juicio”, obliga a que personas acusadas de estos delitos sean encarceladas automáticamente mientras esperan su juicio.
La justificación es reducir la impunidad en delitos graves, pero lamentablemente prevalece el riesgo de abuso y detenciones prolongadas sin una condena de por medio.
Además, este tipo de medidas ha sido criticado por organismos nacionales e internacionales por su impacto en los derechos humanos. Una vez aprobado en lo particular, se enviará al Senado para su discusión y votación.
Agregar comentario