Conoce las disposiciones del programa ambiental para este fin de semana
Las autoridades ambientales han recordado a la ciudadanía que las limitaciones a la movilidad vehicular continúan aplicándose de manera habitual en las distintas demarcaciones que conforman la región central del país. El objetivo principal de estas acciones es mitigar los índices de contaminación atmosférica y regular el flujo automotor en las 16 alcaldías de la Ciudad de México y los 18 municipios conurbados del Estado de México que integran la Zona Metropolitana del Valle de México.
Para este sábado 26 de septiembre de 2026, la disposición oficial afecta directamente a los automóviles que portan holograma 1 y 2, así como a aquellos cuya numeración en las placas finalice en los dígitos 0, 2, 4, 6 y 8. Es fundamental que los automovilistas tomen previsiones, ya que el horario en que entra en vigor esta restricción comprende desde las 5:00 de la mañana hasta las 10:00 de la noche.
Vehículos que se encuentran libres de restricciones
A pesar de las limitaciones generales para el fin de semana, el marco normativo establece diversas excepciones destinadas a no entorpecer actividades esenciales, la movilidad sustentable o el transporte de sectores prioritarios. Entre los automotores que pueden transitar libremente se encuentran los vehículos particulares con terminaciones de placa ajenas a las señaladas, así como aquellos dotados de hologramas 0 y 00.
Asimismo, la normativa contempla a los tractores agrícolas, la maquinaria especializada en la industria de la construcción y la minería, las motocicletas, y todos aquellos vehículos eléctricos o con celda de combustible. Los automóviles híbridos de tipos PHEV, REEV y HEV también están autorizados para circular sin contratiempos.
Quedan exentos de igual forma los automotores con matrículas de auto antiguo o clásico expedidas exclusivamente por el Gobierno de la Ciudad de México, las unidades con placas de demostración o traslado, aquellos con tecnología que impida la aplicación de la Norma Oficial Mexicana correspondiente, y los que porten el holograma con la leyenda «EXENTO».
La lista de excepciones incluye a los vehículos provistos de un permiso especial para trasladar a personas con discapacidad, las unidades integradas al programa de autorregulación ambiental para flotas a diésel o electromovilidad, los automóviles con placas específicas para personas con discapacidad, y aquellos que cuenten con un Pase Turístico Metropolitano o Paisano vigente. Por último, quedan liberados los transportes con oficios oficiales de ampliación de verificación o aquellos que cuenten con una autorización directa emitida por la Secretaría del Medio Ambiente capitalina.
Sanciones económicas por infringir la normativa ambiental
Los conductores que decidan ignorar las disposiciones relativas al control vehicular se exponen a sanciones económicas severas. La multa establecida para quienes circulen contraviniendo estas disposiciones por motivos de control de emisiones contaminantes asciende a $2,346.20 MXN, cantidad que se encuentra debidamente registrada y estipulada en los tabuladores oficiales de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.
Las autoridades recomiendan a los propietarios de vehículos con placas foráneas o extranjeras mantenerse informados, recordando que por regla general no están obligados a cumplir con estas disposiciones salvo que mantengan una residencia permanente en la zona metropolitana. Se exhorta a revisar los calendarios oficiales antes de emprender cualquier trayecto durante el fin de semana para evitar inconvenientes y multas innecesarias.


