La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresa su preocupación ante una reforma al Código Penal aprobada recientemente en Puebla, México, que promete combatir el “ciberasedio”, pero que podría ser utilizada para castigar críticas que puedan resultar incómodas.

Bajo el argumento de proteger derechos personales, la iniciativa aprobada -denominada ley del ciberasedio- establece mecanismos para que cualquier persona pueda solicitar la eliminación de contenidos digitales sin orden judicial ni revisión independiente, lo que podría derivar en censura encubierta y limitar gravemente la libertad de expresión en entornos digitales, según informes de prensa.

La reforma crea el delito de “ciberasedio”, para “quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emociona”, según informó Aristegui Noticias. Se establecen penas con prisión de 11 meses a tres años.

La reforma del código penal autoriza a empresas y plataformas a eliminar contenidos tras una simple solicitud, sin intervención judicial ni revisión independiente. Esto crearía una vía rápida para censurar crítica legítima, testimonios incómodos o investigaciones periodísticas, según los críticos de la reforma.

Los términos utilizados abarcarían tanto difamación como opiniones críticas o denuncias periodísticas. Esta vaguedad, según los críticos, abriría la puerta a eliminar contenidos no por su falsedad, sino por presiones de actores con poder o intereses.

Ante la amenaza de eliminación arbitraria, periodistas y medios se verían incentivados a restringir sus análisis por temor a represalias, afectando la pluralidad informativa y limitando la memoria colectiva.

Tras las críticas recibidas por parte de periodistas y organizaciones, el gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, convocó a foros para analizar la reforma que ya publicó en el Periódico Oficial del Estado. La presidenta del Congreso local sostuvo que la reforma se mantendrá firme.

La Declaración de Salta II, aprobada en octubre de 2024, reafirma que “los derechos vinculados a las libertades de expresión y de prensa deben garantizarse por igual en el entorno analógico y en el digital”. El Principio 4 establece que cualquier restricción al derecho de difundir información debe: Estar establecida por ley, ser sometida a revisión judicial por un poder independiente y cumplir estándares internacionales de derechos humanos.

Además, su Principio 10 advierte que suprimir o desindexar información de interés público atenta directamente contra el derecho ciudadano a informarse y preservar la memoria colectiva. Esta normativa diseñada bajo la narrativa de protección personal corroe esos principios básicos.

El presidente de la SIP José Roberto Dutriz, CEO y director general de La Prensa Gráfica de El Salvador, subrayó que “lo que está en juego es el derecho de toda la sociedad a informarse y debatir. Esta iniciativa puede borrar del espacio público información incómoda, dañando la memoria colectiva y la rendición de cuentas.”

Martha Ramos, presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP y directora de la Organización Editorial Mexicana (OEM), enfatizó que “esta ley corre el riesgo de institucionalizar la censura por encargo… sin debate público, sin transparencia y sin defensa posible.”

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