La disputa comercial entre México y Estados Unidos por los nombres de los quesos y sus denominaciones

Una disputa aparentemente técnica amenaza con entorpecer el entendimiento comercial entre dos de sus socios principales en América del Norte. Los nombres de diversos tipos de quesos se han transformado en un punto crítico de fricción entre México y Estados Unidos, luego de que Washington expresara su desacuerdo con las salvaguardas que el Estado mexicano pactó recientemente con la Unión Europea respecto a múltiples denominaciones geográficas.

El trasfondo del pacto europeo y la postura estadounidense

El conflicto principal surge a raíz del entendimiento comercial alcanzado con el bloque europeo, el cual otorga protecciones especiales a productos tradicionales como el Parmigiano Reggiano, el feta y el manchego, estableciendo además instrumentos legales para perseguir cualquier uso indebido.

Desde la perspectiva de Washington, estas regulaciones europeas podrían obstaculizar la comercialización de mercancías estadounidenses en territorio mexicano bajo denominaciones habituales como parmesan o feta, las cuales la administración norteamericana considera términos de carácter estrictamente genérico y de libre uso internacional.

La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos ha manifestado reiteradamente su escepticismo hacia el esquema europeo de indicaciones geográficas, argumentando que impone cargas injustas a los fabricantes externos al obligarlos a emplear leyendas secundarias tales como “imitación feta” u otras referencias similares.

La regulación mexicana y los términos de uso común

La controversia cobra mayor complejidad debido a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de una normativa nacional que define con precisión qué expresiones se consideran de uso común en la industria láctea y cárnica.

Dicha disposición retoma un anexo del T-MEC donde ambas naciones reconocieron formalmente 33 denominaciones tradicionales compartidas, tales como cheddar, gouda, mozzarella, provolone, ricotta, brie, burrata y Monterey Jack, buscando así garantizar certidumbre operativa para los productores de ambos lados de la frontera.

Adicionalmente, el marco normativo identifica 13 conceptos genéricos que carecen de exclusividad comercial si se aplican de forma aislada, abarcando términos como queso cottage, queso crema, Limburgo, así como las denominaciones “americano” y “amarillo”. Para catalogar un término de esta manera, la autoridad evalúa su arraigo en el mercado, su frecuencia de comercialización y su inclusión en normativas oficiales.

El caso del manchego y el peso del mercado

Un claro ejemplo de la magnitud del problema es el queso manchego. De acuerdo con datos difundidos por la Profeco, en el mercado nacional conviven simultáneamente variedades genuinas con denominación de origen española, desarrollos locales, alternativas procesadas y diversas imitaciones.

Las estadísticas del sector revelan que las importaciones de productos lácteos estadounidenses cubren aproximadamente el 30% del consumo total en México. Mientras que Estados Unidos introduce mercancías por un valor aproximado de 1,000 millones de dólares anuales al mercado mexicano, las internaciones provenientes de Europa rondan los 200 millones de dólares.

Por consiguiente, la discusión sobre las etiquetas trasciende el ámbito estrictamente semántico. Para los exportadores estadounidenses, conservar el derecho a utilizar estas denominaciones comerciales es fundamental para retener su participación en un mercado altamente lucrativo, en tanto que para los productores del viejo continente representa la salvaguarda de su patrimonio cultural y regional.

Negociaciones paralelas y presiones comerciales

Este debate se desarrolla en un escenario de negociaciones bilaterales orientadas a concretar un convenio interino y evaluar la futura revisión del T-MEC. Según informes especializados, este contexto otorga a Washington una ventana de oportunidad para presionar a las autoridades mexicanas en torno a la protección de marcas y denominaciones de origen, mientras el acuerdo con la Unión Europea avanza de manera diferenciada en sus respectivos procesos legislativos de ratificación.

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