Tribunal Electoral ordena al partido Somos México modificar su denominación, logotipo y gama cromática
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha emitido una sentencia definitiva que obliga a la organización política Somos México a transformar profundamente su identidad visual y nominal antes de concluir el mes de agosto. Esta medida ratifica la determinación adoptada previamente por el Instituto Nacional Electoral el pasado 25 de junio, la cual exigía modificaciones sustanciales en su imagen pública.
Una decisión dividida en la máxima instancia
Con un respaldo de cuatro votos a favor y uno en contra por parte del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, el órgano jurisdiccional determinó que la actual denominación del instituto político no cumple con los estándares normativos necesarios para diferenciarse adecuadamente dentro del espectro democrático del país. La fuerza política, que surgió a partir del movimiento social conocido como Marea Rosa, deberá ajustar su estrategia de comunicación institucional para evitar confusiones en el electorado.
Durante la sesión en la que se analizó el expediente, el magistrado presidente de la Sala Superior, Gilberto Bátiz García, argumentó que la actual estructura gramatical del nombre no describe únicamente a una agrupación que opera dentro del territorio nacional, sino que genera una equivalencia directa con el Estado mexicano.
Al presentar su proyecto, Gilberto Bátiz García explicó que el nombre Somos México no se limita a decir que es una organización que pertenece a México, trabaja en México o actúa en México sino que afirma que es México: “Esa construcción establece una relación directa de una parte y de todo”, dijo.
Asimismo, el magistrado añadió que “la democracia necesita partidos con rasgos propios, no denominaciones que confundan una parte legítima de la pluralidad por el conjunto de la comunidad política nacional”.
¿Cuáles son los límites y alternativas para la dirigencia?
A pesar de la instrucción de modificar tanto el emblema como los colores institucionales y el nombre comercial, la resolución judicial no prohíbe de manera absoluta el empleo del término nacional dentro de la nueva propuesta que deba presentar la agrupación encabezada por Guadalupe Acosta Naranjo.
La directriz emitida por el tribunal establece que la organización tiene la facultad de conservar dicha palabra, siempre y cuando se logre incorporar un elemento sustantivo propio o se modifique la relación lingüística para expresar pertenencia, finalidad, actuación o compromiso, sin presentarse como equivalente a la Nación en sí.
La fecha límite establecida para que el instituto político cumpla con este mandato judicial expira el 31 de agosto, periodo en el cual deberán someter sus nuevas propuestas de identidad ante las autoridades electorales correspondientes para su evaluación y validación definitiva.
Posturas divergentes al interior del tribunal
El debate al interior de la Sala Superior estuvo marcado por la postura disidente del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien votó en contra del proyecto al considerar que la legislación vigente establece restricciones muy específicas para la conformación de fuerzas políticas, limitándose a prohibir alusiones de carácter religioso o racial.
El magistrado expresó que la obligación de caracterización que propuso el proyecto del presidente Gilberto Bátiz “es una construcción desde el punto de vista artificial, basada en falacias”. Sin embargo, los argumentos expuestos por el juzgador no consiguieron el respaldo del resto de los integrantes del pleno, por lo que la determinación de obligar al cambio de nombre, colores y emblema quedó firme de manera legal.


