Agentes del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia en el municipio de Camargo, obtuvieron un auto de vinculación a proceso penal en contra de Jesús Manuel E. N., por su probable participación en los delitos de abuso sexual y violación, ambos con penalidad agravada.
De acuerdo con la imputación expuesta por esta Fiscalía, dentro del periodo comprendido entre el mes de diciembre de 2022 al mes de julio de 2023,en varias ocasiones, el imputado agredió sexualmente a la víctima, quien es menor de edad. Esto, en hechos ocurridos al interior de diversos domicilios en la ciudad de Camargo.
Ante los datos de prueba vertidos por esta representación social, el Juez Penal del Distrito Judicial Camargo, consideró que eran suficientes para vincularlo a proceso. situación jurídica que enfrentará con medidas cautelares diversas a la prisión preventiva, además de ordenar un plazo de investigación complementaria de tres meses.
Cabe mencionar que una vez que esta Fiscalía tuvo conocimiento del hecho delictivo a través de la recepción de la denuncia, se impusieron medidas de protección a la víctima, mismas que fueron ratificadas por el Juez, en cuya audiencia estuvo presente el imputado, la representante legal de la víctima y su asesora jurídica.
Es importante precisar que existen criterios en materia de Derechos Humanos en los cuales la prisión preventiva pasó de ser una medida cautelar de imposición oficiosa. a ser de imposición justificada, esto atendiendo a la característica garantista del Sistema Penal acusatorio, lo que no implica la inobservancia de los derechos que le asisten a la parte víctima, sin embargo, se traduce en una necesidad de análisis de los factores de riesgo que impliquen la necesidad de cautela que justifique la imposición de la medida.
En este caso en particular, se cuenta con datos objetivos que indican que el imputado cuenta con un arraigo dentro de este Distrito Judicial y ha asistido a todas las audiencias, aunado a que hasta ahorita no incumplió con las medidas de protección que se decretaron a favor de la víctima.
Ahora bien, es importante acentuar que dentro de las indagatorias, existe el nombramiento de una asesora jurídica profesional, con conocimientos jurídicos y cuya función es coadyuvar en las labores de investigación; tiene facultades de contravenir o apoyar la postura del ministerio público, misma que ha estado presente en todas las diligencias de investigación incluyendo las audiencias, cuyo único posicionamiento hasta este momento ha sido adherirse a las peticiones y manifestaciones del Ministerio Público, sin que hasta este momento haya manifestado alguna inconformidad ante el órgano jurisdiccional.
Las medidas cautelares impuestas al imputado, atendiendo a los factores de riesgo del caso en particular, son la firma mensual, la prohibición de salir de esta ciudad, no acercarse al domicilio a la víctima, a los testigos o a la denunciante.
Una vez concluido el plazo de investigación complementaria, la Fiscalía estará en aptitudes de formular acusación o proceder a la siguiente etapa, con la intención de obtener una sentencia condenatoria en el momento procesal oportuno y en determinado momento pueda ser privado de su libertad, si se determina que el mismo ha ejecutado actos de molestia hacía la víctima o a su familia, o bien una vez que sea sentenciado.
**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).
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