8 de marzo de 2026

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno de México endureció las reglas de inspección laboral y redujo de 90 a 30 días el plazo para que las empresas corrijan las irregularidades que puedan ser detectadas por las autoridades.

Para fijar dicho plazo, los inspectores que acudan a los centros de trabajo deberán considerar “la rama industrial, tipo y escala económica, grado de riesgo, número de trabajadores, el riesgo que representan para los mismos y la dificultad para subsanar las deficiencias”, señala el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación y que entra en vigor mañana.

Se podrá otorgar una prórroga “de manera excepcional” menor a 30 días, siempre y cuando el patrón o el representante legal “justifiquen fehacientemente” que el origen de las irregularidades detectadas corresponde a causas ajenas al centro de trabajo, señala el reglamento.

El documento estaba a consulta pública ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer). El anterior reglamento en su artículo 36 contemplaba 90 días de plazo para corregir las deficiencias y fue el sector privado quien solicitó no modificar el periodo.

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