Restricciones viales del Hoy No Circula para este viernes en la zona metropolitana

Conoce los vehículos que descansan este viernes en la capital y municipios mexiquenses

La semana laboral concluye con nuevas disposiciones ambientales para la circulación vehicular en el centro del país. De acuerdo con las disposiciones oficiales establecidas para este viernes 21 de agosto de 2026, los automotores equipados con engomado azul y cuyas placas finalicen en los dígitos 9 o 0 deberán permanecer sin transitar, siempre y cuando porten holograma 1 o 2.

Esta disposición regulatoria tiene como propósito principal mitigar la emisión de sustancias contaminantes a la atmósfera. Su aplicación abarca de manera obligatoria las 16 alcaldías de la Ciudad de México así como 40 municipios conurbados del Estado de México, integrando así una estrategia metropolitana unificada.

El horario en el que operan estas limitaciones viales comprende desde las 5:00 hasta las 22:00 horas. Respecto a las condiciones atmosféricas actuales, las autoridades informaron que no existe ninguna contingencia ambiental activa, según el reporte más reciente emitido por el Sistema de Monitoreo Atmosférico con corte a las mediciones del día previo.

Listado de automotores exentos de la medida ambiental

No todos los conductores se encuentran bajo el mismo régimen de restricción. Diversas categorías de vehículos pueden transitar con total normalidad por las vialidades de la Zona Metropolitana del Valle de México durante esta jornada:

  • Automóviles particulares provistos de engomados diferentes al azul y con terminaciones numéricas distintas a 9 o 0.
  • Tractores dedicados a labores agrícolas y maquinaria empleada en las industrias de la construcción y minera.
  • Motocicletas y vehículos cuyo peso bruto sea menor o igual a 400 kilogramos.
  • Unidades totalmente eléctricas, con celda de combustible, o bien híbridas de tipos PHEV, REEV y HEV.
  • Vehículos portadores de matrículas clasificadas como auto antiguo o clásico expedidas exclusivamente por el gobierno capitalino.
  • Automotores con matrículas de demostración o traslado, así como aquellos cuya tecnología impide la aplicación de la Norma Oficial Mexicana correspondiente.
  • Unidades que exhiben el holograma exento, además de aquellos con holograma 00 o 0, salvo en contingencias decretadas por la CAMe.
  • Vehículos provistos de permisos especiales para el traslado de personas con discapacidad, vehículos con constancias de autorregulación ambiental y portadores de placas para personas con discapacidad.
  • Automovilistas que cuenten con un Pase Turístico Metropolitano vigente o un Pase Turístico Paisano durante sus periodos oficiales correspondientes.
  • Aquellos automotores que posean oficios de ampliación al periodo de verificación vehicular o documentos oficiales emitidos por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México que los liberen explícitamente de estas normas.

Cabe destacar que los vehículos con matrículas provenientes de otras entidades federativas o de procedencia extranjera por lo general no están obligados a portar el holograma de verificación local, a menos que sus propietarios radiquen de forma permanente en esta región metropolitana.

Sanciones económicas por infringir las normas de circulación

Ignorar las disposiciones del programa de control vehicular conlleva repercusiones financieras directas para los conductores infractores. El incumplimiento de estas normas se sanciona bajo el concepto de multas por vehículos contaminantes, cuyo valor monetario asciende a dos mil 346.20 pesos, según lo estipulado en los registros de la Secretaría de Finanzas.

Se exhorta a la ciudadanía a verificar los datos de sus unidades antes de salir a las calles para prevenir contratiempos y evitar sanciones económicas durante el trayecto hacia sus destinos.

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