Este lunes 12 de octubre, fecha en que se conmemora el Día de la Raza, las disposiciones del programa ambiental se mantienen vigentes para regular la circulación vehicular y disminuir la emisión de contaminantes atmosféricos en la región metropolitana. La medida restrictiva aplica de manera obligatoria en las 16 alcaldías de la Ciudad de México y en 40 municipios conurbados del Estado de México, abarcando un horario continuo desde las 5:00 hasta las 22:00 horas.
De acuerdo con el calendario oficial establecido por las autoridades ambientales, las limitaciones aplican estrictamente para los automotores que porten engomado amarillo, cuyo último dígito numérico en las placas corresponda a las terminaciones 5 y 6, y que además cuenten con los hologramas 1 y 2. Los conductores cuyas unidades presenten características distintas podrán desplazarse libremente sin enfrentar sanciones durante toda la jornada.
Condiciones ambientales y zona de cobertura
Las autoridades locales informaron que, hasta el último reporte emitido por el Sistema de Monitoreo Atmosférico, la calidad del aire se mantiene en parámetros estables. Por esta razón, no se han activado contingencias ambientales extraordinarias ni protocolos adicionales que ameriten endurecer las restricciones a la circulación en la Zona Metropolitana del Valle de México.
Vehículos exentos de la medida
El reglamento contempla múltiples excepciones para garantizar la movilidad de sectores específicos y tecnologías amigables con el medio ambiente. Entre los automotores autorizados para circular sin restricciones este lunes se encuentran los vehículos eléctricos, híbridos con tecnologías PHEV, REEV y HEV, así como las motocicletas y tractores agrícolas.
Asimismo, quedan libres de la restricción los automotores destinados a las industrias de la construcción y minería, aquellos con peso bruto vehicular menor o igual a 400 kilogramos, y los vehículos equipados con matrículas de auto antiguo o clásico debidamente expedidas por el gobierno capitalino. Las unidades con holograma 0 y 00 también pueden transitar con normalidad, al igual que los vehículos que porten placas para personas con discapacidad o constancias de un permiso especial para dichos traslados.
Los automovilistas que cuenten con un Pase Turístico Metropolitano o Paisano vigente, así como aquellos que posean oficios oficiales de ampliación en su periodo de verificación o constancias de autorregulación ambiental, están igualmente autorizados para circular sin contratiempos.
Sanciones económicas por incumplimiento
Conducir un vehículo que deba permanecer en descanso durante este periodo constituye una infracción a las normas ambientales vigentes. Los automovilistas que desacaten estas disposiciones se harán acreedores a una multa económica fijada en $2,346.20 MXN, cantidad establecida oficialmente en los tabuladores de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México para sancionar a los vehículos contaminantes.


