Guía completa del hoy no circula para este viernes en la zona metropolitana

Guía completa del hoy no circula para este viernes en la zona metropolitana

El cierre de la semana laboral trae consigo las disposiciones habituales de movilidad para los automovilistas que transitan por el centro del país. Con el propósito de mitigar los niveles de contaminación atmosférica y regular el flujo masivo de automotores, las autoridades ambientales mantienen vigentes las restricciones vehiculares este 16 de octubre en las distintas demarcaciones que conforman la región central.

Vehículos restringidos y horarios de aplicación

Durante esta jornada sabatina o de fin de semana laboral, la normativa metropolitana establece que los transportes particulares dotados con engomado azul, combinaciones numéricas de placa terminadas en 9 y 0, así como aquellos portadores de los hologramas 1 y 2, deberán permanecer estacionados y abstenerse de circular por las arterias viales.

El dispositivo de control ambiental comienza a regir estrictamente a partir de las 5:00 de la mañana y concluye oficialmente a las 22:00 horas. Dicho mandato abarca de manera obligatoria las 16 alcaldías de la Ciudad de México y se extiende hacia 18 municipios colindantes del Estado de México que integran conjuntamente la Zona Metropolitana del Valle de México.

Hasta el momento, los reportes emitidos por las instancias competentes indican que no se encuentra activa ninguna fase de contingencia ambiental, por lo que el índice de calidad del aire se mantiene bajo supervisión constante sin ameritar medidas extraordinarias de emergencia.

Automóviles exentos de la normativa ambiental

Diversas categorías de transportes se encuentran libres de estas limitaciones por motivos tecnológicos, de servicio o de emergencia. Entre los principales grupos exceptuados figuran los automóviles particulares con engomados y dígitos diferentes a los señalados, así como tractores agrícolas, maquinaria destinada a las industrias de la construcción y minería, y las motocicletas.

Asimismo, los vehículos con un peso bruto vehicular menor o igual a 400 kilogramos, los automotores eléctricos o provistos de celda de combustible, y las unidades híbridas de tipos PHEV, REEV y HEV conservan el derecho a transitar libremente.

Quedan igualmente excluidos los transportes con matrículas de auto antiguo o clásico expedidas oficialmente, vehículos con placas de demostración o traslado, aquellos cuya tecnología impide la aplicación de la Norma Oficial Mexicana, y los portadores del holograma EXENTO.

Las unidades con hologramas 00 y 0 pueden circular con normalidad, a menos que la Comisión Ambiental de la Megalópolis decrete una contingencia específica. De igual forma, gozan de libre tránsito los vehículos que transportan a personas con discapacidad, aquellos inscritos en programas de autorregulación ambiental, los portadores de pases turísticos vigentes y las unidades respaldadas por oficios oficiales de ampliación o exención emitidos por la secretaría del ramo.

Sanciones económicas por infringir el programa

Conducir un vehículo contaminante o desacatar las disposiciones establecidas en los horarios restrictivos conlleva penalizaciones económicas severas para los infractores. El monto fijado por las autoridades capitalinas para este tipo de faltas asciende a la cantidad de 2 mil 346.20 MXN.

Los ciudadanos interesados en verificar detalles adicionales sobre estas penalizaciones o realizar el pago correspondiente pueden acceder de manera directa al portal digital oficial habilitado por la Secretaría de Finanzas.

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