Guía completa sobre las restricciones viales de este miércoles en la zona metropolitana
Las disposiciones del programa ambiental operan con total normalidad en las distintas demarcaciones territoriales de la capital del país y los municipios conurbados colindantes. Para la jornada de este miércoles 21 de octubre de 2026, la circulación vehicular se encuentra limitada para determinados sectores del parque automotor, como parte de las acciones establecidas para regular el tránsito diario y disminuir las emisiones de gases contaminantes en la región central del territorio nacional.
De acuerdo con la normativa vigente, los automovilistas que deben mantener sus unidades sin rodar son aquellos cuyos medios de transporte portan engomado rojo, acompañados por una terminación de placa 3 y 4. Asimismo, la disposición abarca de forma estricta a los automóviles catalogados bajo los hologramas 1 y 2, los cuales tienen prohibido transitar por las vialidades públicas durante las horas de mayor actividad urbana.
El ámbito geográfico donde se aplica esta medida comprende la totalidad de las 16 alcaldías de la Ciudad de México, así como 40 municipios del Estado de México que integran formalmente la Zona Metropolitana del Valle de México. Las autoridades de movilidad recuerdan a la ciudadanía la importancia de planificar sus traslados con anticipación para evitar contratiempos o sanciones económicas.
Horarios oficiales y estado de la calidad del aire
El intervalo de tiempo durante el cual operan estas restricciones restrictivas abarca desde las 5:00 hasta las 22:00 horas. Durante este periodo, los agentes de tránsito y las cámaras de vigilancia ambiental supervisan el cumplimiento de la normativa en las principales arterias viales.
Por otro lado, la administración local ha confirmado que no hay contingencia ambiental activa, según el reporte más reciente del SIMAT. Las evaluaciones atmosféricas indican que la calidad del aire se mantiene en parámetros aceptables, lo que permite el desarrollo habitual de actividades al aire libre sin riesgos sanitarios elevados para la población.
Automóviles exentos de la medida metropolitana
Existen múltiples excepciones contempladas en el marco regulatorio para garantizar el funcionamiento de servicios esenciales y tecnologías limpias. Entre los vehículos autorizados para transitar libremente se encuentran los automóviles eléctricos, aquellos equipados con celdas de combustible, y los modelos híbridos que combinan motores eléctricos y de combustión interna.
De igual manera, quedan excluidos del impedimento de circulación los transportes escolares debidamente registrados, las unidades destinadas a servicios de emergencia, seguridad pública, atención médica y bomberos. Las motocicletas, los vehículos que porten matrículas de autos antiguos o clásicos, así como aquellos adaptados específicamente para el traslado de personas con discapacidad, también pueden circular sin restricciones este día.
Sanciones económicas por infringir el programa
Conducir un vehículo que contravenga las disposiciones establecidas conlleva consecuencias jurídicas y económicas para los propietarios. El incumplimiento de estas normas está tipificado en los reglamentos locales, estipulando una multa específica por contaminar y circular en día prohibido.
El monto establecido por la autoridad fiscal asciende exactamente a 2 mil 346.20 pesos, cifra que debe cubrirse ante la instancia correspondiente en caso de que la unidad sea remitida al depósito vehicular o sancionada por los oficiales de tránsito autorizados en la vía pública.


