Gobierno de Abelardo de la Espriella elimina el tope del 30% para inversiones de fondos de pensiones en el extranjero

El Ejecutivo deroga restricción a las inversiones internacionales de las AFP

En una decisión que transforma el panorama financiero del país, la administración liderada por Abelardo De la Espriella ha tomado la determinación de suprimir la restricción general que impedía a las administradoras de fondos de pensiones destinar más de un 30% de sus recursos a mercados internacionales. Esta medida revoca formalmente la disposición implementada en el mes de abril de 2026 por la administración del exmandatario Gustavo Petro a través del Decreto 0369.

Bajo la normativa anterior, las entidades encargadas del manejo pensional estaban obligadas a disminuir de manera paulatiza su exposición en activos extranjeros hasta cumplir con el tope estipulado, redirigiendo a su vez los nuevos aportes hacia el mercado interno. Con la promulgación del Decreto 1490 de 2026, el cual actualiza el régimen financiero previamente establecido en el Decreto 2555 de 2010, se otorga a las gestoras una mayor flexibilidad operativa para distribuir el capital de los contribuyentes.

Flexibilidad operativa y criterios técnicos

Desde el Ministerio de Hacienda se argumentó que el propósito fundamental de esta modificación es garantizar que la asignación de recursos responda estrictamente a parámetros de rentabilidad, exposición al riesgo, liquidez y diversificación. Las autoridades económicas consideran que, al eliminar esta barrera geográfica global, las administradoras dispondrán de herramientas más eficientes para repartir los ahorros de los trabajadores en distintos sectores económicos, monedas y geografías.

La decisión gubernamental se fundamenta en rigurosos análisis técnicos que determinaron que la imposición de un tope estricto y generalizado para todos los portafolios restringe las alternativas de diversificación. Asimismo, se concluyó que dicha limitación obstaculizaba el funcionamiento óptimo del esquema de multifondos vigente en el ordenamiento jurídico nacional.

Implicaciones reales para los portafolios pensionales

Es importante señalar que la supresión de este techo no significa que las instituciones financieras operen bajo un esquema de libertad absoluta o sin supervisión. El nuevo marco normativo preserva de manera íntegra los límites específicos que regulan cada clase de activo, así como los rigurosos estándares de prudencia y gestión integral de riesgos.

Lo que realmente ocurre con esta modificación es la eliminación de una limitante de carácter geográfico, manteniendo intactas las condiciones y exigencias sobre qué tipo de instrumentos financieros pueden conformar los portafolios. De este modo, se busca que las entidades puedan diseñar estrategias financieras más acordes con las necesidades específicas y los perfiles de riesgo de los ciudadanos.

Protección y estabilidad a largo plazo

Los expertos económicos coinciden en que la posibilidad de acceder a una mayor variedad de mercados internacionales permite mitigar la volatilidad y equilibrar de mejor forma la relación entre la rentabilidad esperada y el riesgo asumido a largo plazo. Esta ventaja cobra especial valor dentro del modelo de multifondos, donde cada segmento requiere enfoques diferenciados según la cercanía del afiliado a la edad de jubilación.

Para finalizar, la cartera de Hacienda enfatizó que los fondos destinados a las pensiones pertenecen exclusivamente a los trabajadores, por lo que cualquier movimiento estratégico por parte de las administradoras continuará bajo estrictas normativas prudenciales orientadas a salvaguardar, diversificar y administrar con absoluta responsabilidad el patrimonio de los afiliados.

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