Aprobación de nuevos lineamientos sobre derechos de las audiencias acota la intervención de la CRT

Nuevas reglas y limitaciones de la autoridad regulatoria

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones ha dado luz verde a los lineamientos generales enfocados en los derechos de las audiencias, estableciendo un marco de actuación que limita su intervención directa. De acuerdo con el organismo, la autoridad solo podrá actuar en aquellos casos donde no se respeten los procedimientos establecidos para la atención de quejas por parte de los medios de comunicación.

Asimismo, la institución enfatizó que no revisará contenidos, no interferirá en las decisiones editoriales ni asumirá la tarea de determinar la veracidad de las noticias difundidas por la prensa. Este paso se da en un escenario complejo marcado por las advertencias de diversos sectores empresariales y legales, entre los que destacan la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, la Asociación de Internet MX y el Colegio de Abogados, los cuales han señalado posibles riesgos normativos.

Ajustes en la regulación para proteger la libertad de expresión

Durante el proceso de discusión, la comisionada presidenta Norma Solano explicó que se modificaron aspectos sensibles del reglamento, específicamente en lo relativo a la libertad de expresión contenida en el Artículo 12. Se suprimió la directriz que prohibía difundir información considerada falsa y descontextualizada, con el propósito de prevenir cualquier especulación que pusiera en riesgo el libre ejercicio periodístico.

“Se precisó para que las concesionarias de TV abierta, radio y de TV y audio de paga, adoptarán medidas para preservar la pluralidad y veracidad de la información, debiéndose apegar a los criterios editoriales y valores que establezcan en sus códigos de ética para el tratamiento de información noticiosa”, detalló Solano.

Adicionalmente, se eliminó la facultad que permitía a la comisión intervenir por iniciativa propia a petición de cualquier ciudadano, así como la potestad de imponer sanciones directas a las empresas audiovisuales ante presuntas faltas.

“Con esta modificación que hicimos, la Comisión sólo podrá intervenir a solicitud de las audiencias, sólo cuando no se cumpla con el procedimiento de atención a quejas (…) Para nosotros lo más importante es dejar de lado las especulaciones sobre que estamos atentando contra la libertad de expresión”, agregó Norma Solano a El Financiero.

Mecanismos de defensa y plazos para las inconformidades

Bajo la nueva normativa, los ciudadanos dispondrán de siete días para interponer una inconformidad formal ante la Defensoría de las Audiencias. Este recurso permitirá solicitar explicaciones a la empresa operadora y, en caso de corroborar una vulneración, emitir recomendaciones para que la compañía resuelva la situación en un plazo máximo de 20 días naturales.

Por su parte, los concesionarios están obligados a mantener operativas sus defensorías internas, contar con códigos de ética claros y disponer de herramientas que diferencien de manera transparente la publicidad del contenido netamente informativo, además de identificar aquellos espacios donde convergen la información y la opinión.

Preocupaciones del sector digital y empresarial

Pese a las modificaciones, agrupaciones como la Asociación de Internet MX manifestaron su inquietud debido a que el proyecto conserva conceptos jurídicos amplios que podrían derivar en decisiones discrecionales y afectar la certidumbre jurídica.

“El proyecto (de derechos de las audiencias) contiene diversos conceptos jurídicos indeterminados que, sin criterios técnicos objetivos, pueden producir incertidumbre regulatoria y abrir espacios para decisiones discrecionales incompatibles con los estándares constitucionales y convencionales de libertad de expresión”, señaló la AIMX en su posicionamiento.

La asociación subrayó que, aunque la normativa prohíbe explícitamente la censura previa, la falta de claridad en términos como veracidad y diligencia editorial podría incentivar la autocensura en las salas de redacción.

“Ante la incertidumbre sobre los criterios para evaluar contenidos periodísticos, los medios podrían optar por evitar información controvertida o determinados temas. Para reducir ese riesgo, es necesario incorporar una regla que establezca que, ante cualquier duda sobre una obligación editorial, prevalezca la interpretación más favorable a la libertad de expresión e independencia editorial”, añadió la Asociación en su posicionamiento.

En respuesta a estos señalamientos, la presidencia de la comisión descartó intenciones de censura o control sobre la labor informativa de los medios, reiterando que el objetivo principal es garantizar canales efectivos de resolución para los ciudadanos sin vulnerar el ejercicio periodístico.

Por su parte, la Confederación Patronal de la República Mexicana también expresó reservas sobre el alcance de estas normativas y la necesidad de evitar la injerencia estatal en los contenidos informativos.

“La mejor protección de las audiencias no proviene de un Estado que decide por ellas, sino de ciudadanos capaces de decidir por sí mismos”, dijo Armando Zúñiga Salinas, vicepresidente nacional de Comunicación de Coparmex.

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