En 2022 los mexicanos podrán acudir a las urnas con la posibilidad de revocar el mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador. La propuesta que hizo el mandatario federal es que esta se realice el 21 de marzo del año que viene, pero ¿qué ocurrirá en caso de que la revocación de mandato se aplique?
ASÍ SE PODRÁ SOLICITAR
La revocación de mandato se podrá solicitar en una sola ocasión durante un sexenio y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional. El ejercicio podrá llevarse a cabo 90 días después de la convocatoria emitida y no debe coincidir con procesos electorales.
De esta manera, la reforma al artículo 35 de la Constitución indica que la revocación de mandato del presidente de la República será realizada por el Instituto Nacional Electoral (INE) a petición de los ciudadanos y deberán cumplir con el 3% de los inscritos en la Lista Nominal, siempre y cuando, la solicitud la presenten ciudadanos de 17 entidades federativas.
En el proceso electoral de este año, la Lista Nominal estuvo conformada por 93 millones 528 mil 473 personas, por lo que el 3% equivaldría a 2 millones 805 mil 854 electores. Además a los 30 días, el INE verificará las firmas y emitirá la convocatoria respectiva.
Es así que en el caso específico del presidente López Obrador se realizaría en 2022, para que no coincidiera con las elecciones intermedias de 2021 donde se renovó la Cámara de Diputados y 15 gubernaturas.
¿QUÉ TIENE QUE OCURRIR PARA QUE SEA VÁLIDA?
Para que la revocación de mandato sea válida debe participar el 40% de las personas inscritas en la Lista Nominal, cuyo porcentaje equivaldría a aproximadamente 37 millones de electores 411 mil electores.
En tanto, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) será el órgano encargado de emitir la declaratoria de revocación así como de resolver las impugnaciones en su contra.
En caso de que el titular del Ejecutivo sea removido, la Presidencia del Congreso de la Unión asume de manera interina el mandato y el Poder Legislativo tendrá 30 días para nombrar un nuevo presidente que concluya el mandato. Esta persona concluiría el periodo de gobierno restante, que en el caso de este sexenio, concluye el 30 de septiembre de 2024.
Agregar comentario