AMLO expide decreto para que la obra pública del Gobierno Federal se convierten en asunto de “seguridad nacional”. ¿Tratan de hacer proyectos sin que les estorbe la transparencia?
ARTICULO PRIMERO.- Se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.
Esto quiere decir que, mientras el Gobierno de México considere que la obra es estratégica para el país, podrían catalogarla como de seguridad nacional.
Cuando a una obra pública se considera de “seguridad nacional”, la información referente a ellos, la información puede reservarse.
Entonces ¿si una obra, digamos, un Tren en el sureste de México se considera estratégico para el desarrollo del país, podría considerarse de seguridad nacional y así reservar la información sobre contratos y proveedores? Pos sí.
He aquí 6 puntos de análisis:
- NO tiene un fundamento jurídico válido. Se cita el artículo 89, fracc. I de la Constitución (que prevé la facultad del presidente para emitir reglamentos con apego a las leyes), pero pretende colocar la voluntad del Ejecutivo sobre lo que establecen las leyes administrativas.
- La seguridad nacional no puede ser utilizada como pretexto para desobedecer el principio de legalidad (que indica que en el actuar de toda autoridad se debe respetar lo que establece todo el orden jurídico) ni el respeto a los derechos humanos.
- La orden a todas las dependencias de la Administración Pública Federal para autorizar provisionalmente cualquier obra o proyecto es ilegal, pues desconoce la totalidad de los procedimientos que establecen las leyes administrativas que deben cumplirse antes de su ejecución.
- La “afirmativa ficta” que indica que si no se emiten las autorizaciones provisionales en 5 días se entenderán autorizados todos los proyectos también es ilegal por las mismas razones. Ejemplo al absurdo, si el Gobierno considerara como proyecto prioritario talar todo el bosque de Chapultepec, si la SEMARNAT no lo autorizara provisionalmente en 5 días, el gobierno podría hacerlo con base en el decreto. Lo cual sería completamente inconstitucional e ilegal.
- En resumen, con este Decreto, el Gobierno desobedece de manera burda y descarada su obligación de respetar la Constitución, los t. internacionales, la ley y los Derechos Humanos, para la ejecución de un número indeterminado de proyectos considerados de seguridad nacional en cualquier materia.
- Esto puede salirle contraproducente al propio Gobierno, pues todo proyecto autorizado con base en este decreto podrá ser impugnado a través del amparo por parte de cualquier persona con interés jurídico o legítimo y un juez se encontrará obligado a suspenderlo.
Entonces quiere que decir: “No tienes madre AMLO”