Los delitos que se cometieron en contra de 65 migrantes, 40 por homicidio y 25 por lesiones, en el Centro Provisional Migratorio de Ciudad Juárez, Chihuahua, la noche del 27 de marzo, fueron investigados de inmediato por la FGR, obteniendo órdenes de aprehensión y vinculaciones a proceso en contra de 5 personas; 3 de las cuales son servidores públicos del Instituto Nacional de Migración (INM); una que es personal de la empresa de seguridad privada que ahí operaba; y una persona que inició el fuego; todas ellas ya están en prisión.

Con las pruebas ahí obtenidas, se ha logrado continuar la investigación para determinar las responsabilidades penales de toda la estructura vinculada con esos delitos, tanto dentro del INM, como de la empresa de seguridad privada ya referida.

Es importante señalar que el INM es un órgano administrativo desconcentrado, cuyo objeto es la ejecución, control y supervisión de todas las políticas migratorias en el ámbito nacional. Y, en razón de ello, la FGR ha investigado dos líneas paralelas de información; la primera, dentro de dicho órgano desconcentrado; y la segunda, en el ámbito de la empresa de seguridad privada señalada.

En la investigación de antecedentes, se encontró que, el 31 de marzo de 2020, se dio en otro centro migratorio del INM, en Tenosique, Tabasco, un caso semejante, dando como resultado una persona muerta y 14 lesionados. Lo cual generó una recomendación de la CNDH, que indica un patrón de conducta en el que se han omitido, por parte de los responsables, las medidas de seguridad que eran indispensables y obligatorias para estos casos.

Los dictámenes de la Auditoría Superior de la Federación de los últimos años vuelven a señalar, con toda claridad, las faltas y omisiones que en el INM se siguen cometiendo; e indican un patrón de irresponsabilidad y de omisiones que se ha reiterado y que ha sido el causante de estos lamentables hechos ya señalados.

Por todo ello, se ha procedido penalmente en contra de los directivos del INM, Francisco “N” y Antonio “N”, quienes incurrieron en presuntas conductas delictivas, al incumplir con sus obligaciones de vigilar, proteger y dar seguridad a las personas e instalaciones a su cargo, propiciando los delitos cometidos en contra de los migrantes (artículo 214, fracción VI, Código Penal Federal).
Asimismo, se ha procedido penalmente contra los servidores públicos Salvador “N”, Juan “N”, Cecilia “N” y Eduardo “N”, que se encuentran vinculados directamente con las conductas que generaron los homicidios y las lesiones que sufrieron las víctimas de estos delitos.

Por lo que toca a la empresa de seguridad privada y al propio INM, ambas partes suscribieron contratos por adjudicación directa, omitiendo sus obligaciones de licitación pública y generando costos del doble de lo que en el sector público se paga por esos mismos servicios.

También omitieron el cumplimiento de sus obligaciones de capacitación, control y supervisión que eran obligatorias; y, más aún, se ha evidenciado que la empresa se abstuvo de registrar en el IMSS a la inmensa mayoría de sus dependientes, lo cual trató de hacer días después de los hechos señalados.

Toda esta serie de conductas ilegales y omisas fueron evidentemente elementos fundamentales que propiciaron la comisión de los delitos de referencia; por lo que la investigación continuará sobre esos aspectos, hasta lograr la vinculación a proceso de quienes sean responsables de tales hechos.

La FGR continuará informando lo que legalmente proceda.

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